Estatuto
TITULO I
DENOMINACIÓN, SEDE Y OBJETIVOS
Art. 1. La Sociedad Peruana de Hemoterapia y Banco de Sangre es una asociación de carácter científico, sin fines de lucro.
Art. 2. La Sociedad fue fundada el 7 de Setiembre de 1988 y su existencia es indefinida.
Art. 3. La Sede de la Sociedad es la ciudad de Lima.
Art. 4. Son objetivos de la Sociedad:
- Agrupar con fines científicos a los médicos y otros profesionales que trabajan en Hemoterapia, Bancos de Sangre y actividades afines.
- Contribuir al mejor conocimiento de la Hemoterapia y Banco de Sangre así como su enseñanza en las Facultades de Medicina.
- Promover la investigación en el campo de la Hemoterapia y Banco de Sangre.
- Establecer y mantener relaciones e integrarse con Sociedades Científicas Nacionales y extranjeras afines, para promover el intercambio científico.
- Realizar mensualmente reuniones científicas y de actualización, en forma independiente o en acción conjunta con otras organizaciones médicas afines.
- Ofrecer asistencia técnica y asesoría en el campo de la Hemoterapia y Banco de Sangre a las entidades oficiales científicas que lo soliciten.
- Realizar periódicamente Jornadas Peruanas de Hemoterapia y Banco de Sangre.
- Realizar bienalmente, como mínimo, el Congreso Peruano de Hemoterapia y Banco de Sangre.
TITULO II
DE LOS MIEMBROS
Art.5. Los miembros de la Sociedad Peruana de Hemoterapia y Banco de Sangre pueden ser: Fundadores, Titulares, Asociados, Residentes, Honorarios y Correspondientes.
Art.6. Los miembros Fundadores, son los asistentes a la Sesión de Instalación de la Sociedad, efectuada el 7 de Setiembre de 1988, en el Hospital Nacional “Guillermo Almenara Irigoyen” y que hayan firmado el acta de fundación.
Art.7. Los miembros titulares son los que han sido aceptados como tales por la Asamblea General en la Sesión de Fundación y/o por el Comité de Ética y Calificación Profesional, para lo cual se requiere:
- a) Ser peruano y estar inscrito en el Colegio Médico del Perú. b) Tener un mínimo de cinco años dedicados a la especialidad. c) Presentar una solicitud patrocinada por dos miembros Titulares de la Sociedad, acompañada del currículo vital correspondiente. d) Abonar la cuota de ingreso. e) Presentar un trabajo inédito, en una reunión científica de la Sociedad, el que será previamente calificado por la Junta Directiva. f) Haber tenido la condición de miembro Asociado por lo menos de tres años.
- a) Participar en la Asamblea General con voz y voto. b) Elegir y ser elegido para los cargos de la Junta Directiva. c) Participar en las Comisiones para las que fuera designado. d) Asistir y participar en las reuniones científicas, jornadas y congresos organizados por la Sociedad.
- e) Abonar regularmente las cuotas ordinarias y extraordinarias que sean fijadas por la Asamblea General.
- a) Ser peruano y estar inscrito en el Colegio Médico del Perú. b) Tener un mínimo de tres años dedicados a la especialidad. c) Presentar una solicitud patrocinada por dos miembros Titulares de la Sociedad, acompañadas del currículo vitae correspondiente. d) Abonar la cuota de ingreso.
- a) Participar en la Asamblea General con voz y voto. b) Participar en las Comisiones para las que fuera designado. c) Asistir y participar en las reuniones cinéticas, jornadas y congresos organizados por la Sociedad. d) Presentar un trabajo científico. e) Abonar regularmente las cuotas ordinarias y extraordinarias que sean fijadas por la Asamblea General.
- a) Ser peruano y estar inscrito en el Colegio Médico del Perú. b) Pertenecer una Escuela de Post Grado de alguna Facultad de Medicina en las especialidades de Patología, Patología Clínica, Hematología Clínica o Residentazo que forme especialistas en Hemoterapia y Banco de Sangre. c) Presentar una solicitud patrocinada por dos miembros Titulares de la Sociedad. d) Abonar la cuota de ingreso.
- a) Participar en la Asamblea General con voz, pero sin voto. b) Asistir y participar en las reuniones científicas, jornadas y congresos organizados por la Sociedad. c) Abonar las cuotas ordinarias que sean fijadas.
- a) Suspensión y expulsión, por violación de las normas éticas y deontológicas, calificada por el Comité de Ética y Calificación.
TITULO III
DEL GOBIERNO DE LA SOCIEDAD
Art.18. Son órganos de gobierno de la Sociedad:
- a) Junta Directiva b) Comités Permanentes y c) Asamblea General
- a) Dirigir la marcha de la Sociedad y ejercer su administración conforme a lo establecido en este Estatuto. b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos emanados de la Asamblea General. c) Organizar las actividades de la Sociedad de acuerdo a lo establecido en el Art. 4. d) Propender a la publicación de un órgano de información de la Sociedad. e) Formar y mantener una biblioteca especializada. f) Organizar conferencias o charlas con distinguidos especialistas, provenientes del extranjero, en Hemoterapia y Banco de Sangre con motivo de su presencia en el país. g) Otorgar cartas de presentación a solicitud, a los miembros de la Sociedad, que asistan a cursos, becas, o eventos científicos en el extranjero. h) Proponer a la Asamblea General la incorporación de miembros Honorarios de acuerdo a lo establecido en el 13.
- a) Representar a la Sociedad en todas sus actividades. b) Velar por el cumplimiento de este Estatuto, acuerdos de la Junta Directiva y los de la Asamblea General. c) Presidir las reuniones científicas, las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. d) Convocar a Sesión de Junta Directiva o de Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria. e) Velar por el patrimonio institucional y autorizar las inversiones, así como los gastos que sean necesarios. f) Firmar conjuntamente con el Tesorero, los documentos de índole económica de la Sociedad. g) Firmar conjuntamente con el Secretario, los documentos y correspondencia de la Sociedad. h) Redactar la Memoria de las actividades de la Sociedad durante su gestión y darla a conocer en la Asamblea General convocada para la transmisión de cargos a la nueva Junta Directiva.
- a) Prestar activa y eficaz colaboración en la labor de la Junta Directiva. b) Sustituir al Presidente durante su ausencia temporal. En caso de ausencia definitiva, asumirá el cargo con las atribuciones, hasta el término del período correspondiente, si la ausencia definitiva del Presidente fuera mayor de un año, no podrá ser elegido Presidente.
- a) Mantener al día el registro de los miembros de la Sociedad. b) Redactar las actas de las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. c) Citar a las reuniones y sesiones convocadas por el Presidente. d) Mantener al día la documentación y correspondencia de la Sociedad. e) Firmar conjuntamente con el Presidente la documentación no contable. f) Mantener informados periódicamente, a los miembros de la Sociedad de la marcha Institucional.
- a) Mantener al día el movimiento económico de la Sociedad. b) Hacer efectivo los gastos de la Sociedad aprobados por la Junta Directiva. c) Firmar conjuntamente con el Presidente, los cheques y otros documentos de índole económica de la Sociedad. d) Presentar el balance anual.
- a) Presidir el Comité de Actividades Científicas. b) Proponer a la Junta Directiva, el calendario de actividades científicas de la Sociedad, elaborado por el Comité respectivo. c) Organizar con la Junta Directiva, las jornadas y el Congreso de la Sociedad, de acuerdo a lo propuesto por el Comité. d) Cumplir otras comisiones que le fueran encomendadas por la Junta Directiva. e) Reemplazar en ausencia a los demás miembros de la Junta Directiva a propuesta del Presidente.
- a) Presidir el Comité de Ética y Calificación Profesional. b) Recibir por intermedio del Presidente, las solicitudes de ingreso a la Sociedad.
- c) Cumplir otras comisiones que le fueren encomendadas por la Junta Directiva. d) Reemplazar en ausencia, a los miembros de la Junta Directiva a propuesta del Presidente.
- a) Comité de Actividades Científicas. b) Comité de Ética y Calificación Profesional.
- a) Elaborar y proponer a la Junta Directiva el calendario de actividades científicas de la Sociedad. b) Elaborar y proponer las jornadas y congresos de la Sociedad.
- a) Calificar las solicitudes de ingreso a la Sociedad. b) Calificar las denuncias hechas a la Sociedad.
- a) Aprobar el Estatuto y reglamento de la Sociedad. b) Aprobar sus modificaciones. c) Elegir a los miembros de la Junta Directiva. d) Aceptar e incorporar a los miembros Titulares, Asociados, Residentes, Honorarios y Correspondientes. e) Aprobar el balance anual de la Sociedad. f) Acordar la disolución de la Sociedad.
TITULO IV
DE LA ECONOMÍA DE LA SOCIEDAD
Art.42. El patrimonio de la Sociedad está constituido por:
- a) Las cotizaciones de sus miembros. b) Los bienes que se adquieren. c) Las donaciones y subvenciones que sean concedidas a la sociedad.
TITULO V
DE LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO Y DE LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD
Art.46. El Estatuto de la Sociedad sólo podrá ser modificado por la Asamblea General en sesión extraordinaria, convocada expresamente para tal fin y con la concurrencia de por lo menos dos tercios de los miembros Titulares, Asociados y Honorarios hábiles.
Art47. La disolución de la Sociedad sólo podrá efectuarse por acuerdo, por lo menos de las cuatro quintas partes de los miembros Titulares, Asociados y Honorarios en condición hábil, en cuyo caso su patrimonio pasará íntegramente al Colegio Médico del Perú.
Art.48. El presente Estatuto entró en vigencia a partir del 14 de Octubre de 1988.